Alta de autónomo: qué documentos necesitas
Antes de empezar a facturar, hay dos altas obligatorias que no puedes saltarte: Hacienda y Seguridad Social.
Alta en Hacienda (modelo 036/037)
Es el primer paso: declaras la actividad económica que vas a desarrollar (epígrafe del IAE) y el régimen de IVA e IRPF que te corresponde.
Alta en el RETA (Seguridad Social)
Debe tramitarse antes de iniciar la actividad. Actualmente la cuota depende de los rendimientos netos previstos, por lo que conviene calcularla bien desde el inicio para evitar ajustes o recargos posteriores.
Documentación habitual
DNI o NIE, datos de la actividad a realizar, dirección donde se va a ejercer y, en algunos casos, contrato de arrendamiento del local o certificado bancario. Según la actividad, puede necesitarse también una licencia municipal de apertura.
Este artículo tiene fines informativos y no sustituye una asesoría fiscal personalizada. Cada caso es distinto: consúltanos para revisar tu situación específica.